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Verifactu: preguntas frecuentes

Todas las respuestas a las dudas más comunes sobre Verifactu.

 

❓ Preguntas frecuentes

🔹 ¿Verifactu es obligatorio?

Por ahora, no es obligatorio.

  • Será obligatorio a partir del 1 de enero de 2026 para empresas.
  • Y desde el 1 de julio de 2026 para autónomos y personas físicas.

👉 Recuerda que la Ley Antifraude ya exige el principio de inalterabilidad: una vez aprobada, una factura no se puede modificar ni eliminar. En caso de error, deberás anularla o emitir una rectificativa.


🔹 ¿Verifactu sustituye al envío de facturas a la administración pública (Factura-e)?

No.

  • Verifactu → sistema para enviar facturas a la AEAT.
  • Factura-e → sistema de facturación con Administraciones Públicas.

Son complementarios, no sustitutos.


🔹 ¿Sirve Verifactu para intercambiar facturas electrónicas entre empresas?

No.

Verifactu es un sistema de control fiscal (Ley Antifraude).

Para intercambio de facturas electrónicas entre empresas se aplica la Ley Crea y Crece.


🔹 ¿Una vez activado Verifactu, puedo desactivarlo?

No de forma inmediata.

  • Una vez emitida la primera factura, debes mantenerlo hasta el 31 de diciembre del ejercicio siguiente.

🔹 ¿Qué tipos de documentos se envían con Verifactu?

✔️ Facturas emitidas

✔️ Facturas rectificativas

✔️ Facturas simplificadas

❌ No aplica a: proformas, presupuestos ni facturas de compra.


🔹 ¿Se deben enviar también las facturas emitidas fuera de España?

Sí.

Si tu empresa está sujeta a la Ley Antifraude, todas las facturas emitidas deben cumplir con Verifactu, independientemente del país del cliente.


🔹 ¿Qué pasa con las facturas simplificadas (tickets de venta) sin NIF del cliente?

Se pueden enviar a la AEAT sin problema.

👉 El campo Contacto no es obligatorio en facturas simplificadas y no serán rechazadas.


🔹 ¿Cómo se gestionan las facturas rectificativas?

  • Puedes crearlas desde tu software.
  • Selecciona el tipo: Diferencias o Sustitución.
  • Solo se pueden anular facturas que ya hayan sido enviadas y aceptadas por la AEAT.

🔹 ¿Puedo modificar una factura ya enviada?

No.

  • Si ha sido aceptada por la AEAT → no se puede modificar (principio de inalterabilidad).
  • Si ha sido rechazada → sí puedes corregirla y reenviarla.

🔹 ¿Tengo que completar los campos de Verifactu manualmente en cada factura?

No.

Puedes configurar reglas automáticas en Conformidad para aplicar valores por defecto según país, tipo de documento, etc.


🔹 ¿Cómo funciona con facturas recurrentes o ventas desde e-commerce?

Puedes decidir:

  • Que se generen como borrador para revisarlas antes de enviarlas.
  • O que se aprueben directamente y se envíen a la AEAT automáticamente.

🔹 ¿Puedo seguir usando plantillas Excel o APIs para importar facturas?

Sí.

  • Las facturas importadas se crean como borradores, para que las revises antes de enviar.
  • Los campos de Verifactu se gestionan desde las reglas del software, no desde la API.

🔹 ¿Se puede automatizar también el envío al cliente?

El envío a la AEAT y al cliente son procesos separados.


🔹 ¿Se puede trabajar con borradores antes de enviar a la AEAT?

Sí.

  • Con Verifactu, la modalidad de ventas en borrador se habilita automáticamente.
  • Solo se envían al aprobarlas.

🔹 ¿Cómo afecta Verifactu si tengo doble actividad?

No hay problema mientras los datos fiscales sean los mismos en ambas actividades.


🔹 ¿Qué pasa si una factura es rechazada?

Puedes editarla, corregirla y volver a enviarla tantas veces como sea necesario.